domingo, 10 de enero de 2021

Seguro de impago de alquiler

 Pregunta: ante los vaivenes regulatorios del alquiler el seguro de impago parece ser aconsejable a la hora de arrendar un inmueble ¿qué debo tener en cuenta para contratarlo?

Respuesta: efectivamente, los seguros de impago están creciendo fuertemente en España, porque son considerados como una fórmula idónea para garantizar el cobro al arrendador, amén de facilitar la relación arrendaticia entre éste y el arrendatario. Un prototipo de buen seguro debe contemplar lo siguiente:

Garantía-Coberturas

Límite

Impago de alquileres

12 mensualidades

Defensa y reclamación en contratos de arrendamiento

3.000 €

Asistencia jurídica telefónica

permanente

Defensa penal

3.000 €

Reclamación de daños

3.000 €

Reclamación en pólizas de seguro

3.000 €

Reclamación en contratos de reparación o mantenimiento

3.000 €

Defensa derechos relativos a la vivienda

3.000 €

Pérdida alquileres por incendio

6.000 €

Actos vandálicos al continente

4.500 €

Actos vandálicos al contenido - Opcional. 

1.200 €

Pago prestación de suministros

hasta 150 €