jueves, 31 de agosto de 2023

I. Afecciones de la Ley de 2023 al arrendamiento de vivienda

La nueva Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, produce importantes efectos en materias civil, procesal y fiscal, modificando varias leyes en sus Disposiciones Finales. La sinopsis anterior recoge las principales afecciones atinentes a los contratos de arrendamientos de vivienda exclusivamente. 


Y es importante resaltar lo de “exclusivamente” porque en la susodicha Ley quedan excluidos los siguientes arrendamientos: 1) de temporada, 2) de habitación, 3) de uso turístico y 4) de las denominadas viviendas suntuarias, consideradas como tales las que su superficie exceda de 300 metros cuadrados construidos, o cuya renta sobrepasa en 5.5 veces el salario mínimo interprofesional. 


En resumen, modifica unos pocos artículos, concretamente los 10, 17.3, 17.6, 16,7 y 20,1, y añade dos  los 30 y 31 referentes a la información a suministrar a los  arrendatarios (y también a los compradores) de vivienda. Transcurridos tres meses desde su promulgación, se puede decir que, por ahora, no ha tenido una incidencia especial en la mayoría de los contratos de arrendamiento.


En próximas entradas iremos desarrollando cada uno de los puntos.