martes, 16 de marzo de 2021

Desistimiento anticipado del contrato por el arrendatario de vivienda (y 2)

Pregunta: en su publicación anterior me quedaron muy claros tanto los requisitos para poder pedir una indemnización como el ejemplo del caso concreto. Como hay más casuística ¿puede detallarla? 


Respuesta: dando por sentado que se ha pactado la indemnización por desistimiento anticipado, detallamos los casos que se pueden producir: 


UNO: Renta 1.000 € Duración un año prorrogable por igual período hasta máximo legal de 5 años (lo más habitual) 

1.1. desiste antes de los 6 meses, tiene que pagar la totalidad hasta 6, verbigracia: desiste al cuarto mes, tiene que pagar 2 x 1.000 = 2.000

1.2. desiste al sexto mes, tiene que pagar 6/12 de 1.000 = 500

1.3. desiste al octavo mes, restan 4, tiene que pagar 4/12 de 1000 = 333

1.4. desiste al segundo mes de cualquier prórroga, verbigracia: restan 10, tiene que pagar 10/12 de 1000 = 833


DOS: Renta 1000 € Duración 4 años (inhabitual)

2.1. desiste al noveno mes del primer año, restan 4 meses hasta el primer año y 3 años hasta los 4 contratados, tiene que pagar 3/12 de 1.000 = 250 + 3.000 años 2-3-4.

2.2. desiste al final de cada año, pagar 1.000 € por cada año que resten hasta los 4 contratados, verbigracia: desiste al segundo año, quedan 2 x 1.000 =2.000, 

2.3. desiste en medio de algún año, verbigracia: al tercer año y dos meses, tiene que pagar: 10/12 del tercer año = 833 + 1000 cuarto año


Estas indemnizaciones podrían ser moderadas en el Juzgado o en un arbitraje en caso de litigio.