domingo, 10 de febrero de 2019

¿Debo pagar la plusvalía si vendo un inmueble a un precio menor que el de compra?

Pregunta: Mis hermanos y yo hemos vendido un piso heredado de nuestros padres por un precio menor que el que figura en las escrituras de herencia. ¿Tenemos que pagar la plusvalía al Ayuntamiento?

Respuesta: No, desde las últimas sentencias del Tribunal Constitucional no procede su pago porque cuando el valor de venta es inferior al de adquisición no se produce hecho imponible -incremento de valor- a efectos de la liquidación de la llamada plusvalía municipal y, entonces, el Ayuntamiento no debería liquidar. Las citadas sentencias han instado al legislador a que clarifique cómo acreditar la ausencia de hecho imponible, algo que todavía  no se ha producido. No obstante, esto no les exime de presentar en su Ayuntamiento la correspondiente autoliquidación, que deberá hacerlo con cero a ingresar, acompañada de las escrituras de adquisición y de venta como medio de prueba. Aunque el Ayuntamiento podría requerir el pago posteriormente, es de esperar que no lo haga si las pruebas presentadas son palmarias. 

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