A tenor de las sentencias del Tribunal Supremo del 23/01/2019
GASTO
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PRESTAMISTA
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PRESTATARIO
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Escritura matriz de préstamo
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50 %
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50 %
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Copias de la Escritura de préstamo
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las que solicite
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las que solicite
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Escritura de cancelación de hipoteca
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0 %
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100 %
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Registro Escritura préstamo
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100 %
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0 %
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Registro Escritura cancelación
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0 %
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100 %
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Gestoría
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50 %
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50 %
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Impuesto AJD
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Desde 8/12/18
100 %
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Hasta 9/12/18
100 %
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Comisión de apertura
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0 %
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100 %
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CRITERIOS
Establecidos por sentencias del Tribunal Supremo el 23 de enero de 2019
Interés: Asunción del gasto notarial y registral en función del interés de las partes. El de la gestoría se ha fijado de manera salomónica.
Comisión de apertura: Es válido que la asuma el Prestatario por considerar que no es abusiva si supera el control de transparencia, lo cual se cumple ya que, junto con el interés remuneratorio, forma parte del precio del préstamo y ambas partidas deben incluirse en el cálculo de la tasa anal equivalente (TAE), que constituye un instrumento de medida homogéneo y los Bancos están obligados a informar al prestatario, quien podrá realizar una comparación con cuantas ofertas quiera.
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