domingo, 7 de febrero de 2016

Arrendamiento referencia catastral

Pregunta: ¿Es obligatorio poner la referencia catastral en los contratos de arrendamiento? 

Respuesta: Sí, el Art. 50 de la Ley 13/1996, de 30 de Diciembre, dice: la referencia catastral...deberá figurar en la escritura o documentos constitutivos de actos o negocios de trascendencia real, relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles y los contratos de arrendamiento de los mismos.

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