lunes, 6 de marzo de 2023

¿Es conveniente inscribir en el Registro de la Propiedad un contrato de arrendamiento de local?

 Pregunta: voy a alquilar un local por un plazo de 10 años y me aconsejan que inscriba el contrato en el Registro de la Propiedad ¿que ventajas tiene para mí?


Respuesta: La seguridad de evitar la extinción del contrato por situaciones como la enajenación forzosa por ejecución de alguna carga o a un tercero. Para ello, es fundamental que cuando se inscriba el contrato el inmueble esté libre de cargas pues si las hubiera antes de formalizar e inscribir el contrato, la inscripción del contrato no tendrá ningún efecto si se ejecutara alguna de esas cargas preexistentes que tendrían preferencia por el principio registral de <<primero en el tiempo, mejor en el derecho>>. Por tanto, antes de inscribir el contrato deberá verificar que el local está libre de cargas o si las tiene, analizarlas para decidir si puede seguir siendo recomendable su inscripción, bien entendido que entonces la duración del contrato no estará garantizada.

En el contrato de arrendamiento se incluirá el pacto por el cual a instancia de cualquiera de las partes se procederá imperativamente la inscripción del mismo en el Registro de la Propiedad, siendo de cuenta que quien la inste los gastos de dicha inscripción. Y hay que señalar que estos gastos son la causa de que en algunas ocasiones no se registra el contrato, ya que la base de cálculo tanto para  los aranceles de Notario y Registro como para el impuesto de Actos Jurídicos Documentados es  el importe de la totalidad del contrato, es decir si tiene 10 años de duración y la renta mensual es de 1.000 euros, dicha base será 120.000 (1.000 x 120 meses). Entonces, se trata de elegir seguridad versus coste.


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